Ventas frecuentes en Wallapop y Vinted o ingresos por BlablaCar, ¿hay que declararlos?

Hace décadas, comprar vender objetos de segunda mano era relativamente sencillo. Existían clasificados en los periódicos, o siempre se podía recurrir a los mercadillos en cada ciudad. Pero Internet lo hizo aún más fácil.
En los últimos años, plataformas de compraventa de segunda mano como Wallapop o Vinted han experimentado un gran crecimiento en España y otras países. Deshacerse de los muebles viejos o de la ropa que no usamos pero está en buen estado, es tan sencillo como sacar unas fotos y poner el anuncio en la aplicación.
Por otro lado, otra actividad analógica común, como compartir un viaje en coche para ahorrar dinero en combustible en nuestros desplazamientos también se ha hecho más fácil gracias a aplicaciones como BlablaCar, en las que podemos rentabilizar nuestro automóvil y el viaje que ya íbamos a hacer de todas formas, obteniendo un pago de otras personas que pueden ocupar un sitio en él.
Estas aplicaciones permiten además gestionar los pagos a través de su plataforma, y aquí es donde surge la duda. Ese dinero que ganamos con nuestra ropa usada o los viajes compartidos, ¿es necesario incluirlo como ingresos en la declaración de la renta? La respuesta, como tantas otras cosas, es que depende.
La normativa fiscal en España
Según la Agencia Tributaria (AEAT), los ingresos obtenidos por la venta de bienes de segunda mano pueden estar sujetos a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o, en algunos casos, en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
La clave para determinar si hay que declarar estas operaciones reside en si la actividad se considera mera venta de bienes usados sin ánimo de lucro o si, por el contrario, constituye una actividad económica con fines comerciales. En otras palabras, si lo hacemos de forma profesional, algo que en principio puede ser difícil de distinguir.
Desde el 1 de enero de 2024, la Directiva 2021/514 de la UE obliga a las plataformas de compraventa de segunda mano a compartir con la Agencia Tributaria determinada información sobre sus vendedores. Esta normativa se aplica a los vendedores que hayan realizado más de 30 transacciones en un año o hayan obtenido más de 2.000 euros de beneficio por ventas durante ese periodo. Pero una cosa es si las plataformas comparten los datos con hacienda, y otra es si tenemos obligación de declarar.
Ventas ocasionales o actividad económica regular
Estos límites en operaciones y ganancias para las plataformas son una forma indirecta de evaluar si se trata de una venta ocasional o de una actividad habitual del vendedor. Esta distinción es la que en última instancia determina si es necesario declarar las ventas en Wallapop, Vinted o Milanuncios.
Si un usuario vende de forma esporádica objetos personales que ya no necesita, estas ventas no se consideran una actividad económica organizada y, por tanto, no están sujetas al IVA. Sin embargo, si tenemos una “tienda” en estas plataformas y las ventas se realizan de forma regular, sistemática y con ánimo de lucro, la situación cambia.
En concreto, si un usuario compra objetos con el fin específico de revenderlos en estas plataformas, esta actividad puede considerarse un negocio, ya que se está generando un beneficio. Por ejemplo, si hemos comprado una pintura original por 200 euros y la vendemos por 300, tendremos una ganancia patrimonial de 100 euros, que en sentido estricto deberíamos añadir a nuestros ingresos anuales en la declaración del IRPF.
Además, en este caso, el vendedor debería darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, declarar las ventas y, en su caso, pagar el IVA correspondiente. Además, los beneficios obtenidos por esta actividad deberán declararse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como rendimientos de actividades económicas.
Un criterio parecido se aplica a los ingresos que podamos tener por compartir nuestro automóvil en un viaje para BlablaCar. Si estamos simplemente compartiendo los gastos de combustible con otra pasajeros, no hay ánimo de lucro y no debemos declarar el dinero que nos ingresen. Otro caso es que convirtamos nuestro coche en un taxi y estemos cobrando a los pasajeros más dinero que los gastos generados por el viaje, porque en ese caso sí se consideraría una actividad económica.
Artículos de precio elevado
Las cosas no están tan claras si vendemos un objeto de valor elevado, en este caso, de más de 2.000 euros que la plataforma debe comunicar a Hacienda, ya que a este importe hay que restar el coste del objeto para conocer cuál es el beneficio y la ganancia patrimonial, que habría que declarar en el IRPF.
Con este fin es una buena idea conservar los recibos de compra de los objetos que ponemos a la venta, así como la fecha de la transacción y los datos del comprador. Todo ello puede resultar muy útil si hacienda decide pedirnos esta información.
Además, aunque muchas transacciones en estas plataformas son de poco valor y no se declaran, los artículos de alto precio pueden estar sujetos al ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) que suele ser de un 4% pero puede llegar al 8% dependiendo de la Comunidad Autónoma. Por ejemplo, al vender un automóvil de segunda mano entre particulares en estas plataformas, aunque no se aplica IVA, el comprador está obligado a pagar el ITP calculado mediante tablas oficiales que tienen en cuenta el modelo, kilometraje, estado y la antigüedad del vehículo.
Los usuarios que no faciliten la información requerida a la Agencia Tributaria, o no se den de alta en el censo de actividades económicas, pueden enfrentarse a sanciones, por lo que siempre es conveniente consultar con un asesor fiscal si estamos convirtiendo esta actividad casual en un negocio.
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